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Las medidas de restricciones a la circulación en San Juan  entrarán en vigencia a las 00 del sábado 10 de abril de 2021. En este marco se restringe la circulación de personas de 01 a 06 de la mañana de domingo a jueves y de 02 a 06 de la mañana los días viernes y sábado.

Ante esto, informaron que se deberá solicitar permiso de circulación para poder hacerlo durante el horario de restricción nocturna, permitiéndose sólo en los siguientes casos:

  • Las personas afectadas a las actividades industriales de procesos continuos que se encuentren trabajando en horario nocturno, de conformidad con sus respectivos protocolos de funcionamiento.
  • Las personas que deban retornar o concurrir a su domicilio habitual desde su lugar de trabajo y viceversa.
  • Las personas afectadas a la prestación de servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  • Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Por otro lado, el personal que presta servicios en el Ministerio de Salud Pública y las fuerzas de seguridad de la provincia no deberá tramitar permiso de circulación, debiendo acreditar la situación con su credencial correspondiente.

Para obtener el permiso mencionado, los interesados deberán ingresar al sitio: https://permisotransito.sanjuan.gob.ar/.

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Fuente: https://www.diariodecuyo.com.ar

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